La ley de inmigración de EE.UU. divide las visas patrocinadas por familia en parientes inmediatos y cinco categorías de "preferencia familiar" numéricamente limitadas. Latif Law ayuda a las familias en Columbus a entender qué categoría aplica, monitorear fechas de prioridad y evitar perder elegibilidad.
La ley de inmigración de EE.UU. distingue entre dos grupos de inmigrantes basados en familia. Los parientes inmediatos — cónyuges, hijos menores solteros y padres de ciudadanos estadounidenses — no enfrentan límites numéricos anuales. No hay lista de espera, solo carga de trabajo de USCIS.
Las categorías de preferencia familiar son numéricamente limitadas. El resultado: largos tiempos de espera específicos por país rastreados por el mensual Boletín de Visas del Departamento de Estado.
Los cónyuges e hijos menores de ciudadanos estadounidenses son parientes inmediatos y no necesitan esperar una fecha de prioridad. Vea nuestra página de tarjeta verde por matrimonio para esa vía.
Quién Califica
Hijos o hijas solteros de 21 años o más de ciudadanos estadounidenses.
Peticionario
Padre/Madre ciudadano/a estadounidense
Cupo Anual
23,400 visas por año
Los tiempos de espera varían significativamente según el país de nacimiento. El matrimonio del beneficiario convierte el caso a F3.
Quién Califica
Cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de residentes permanentes legales.
Peticionario
Residente permanente legal
Cupo Anual
Aprox. 87,900 visas por año (77% de la asignación F2)
A menudo la categoría de preferencia familiar que avanza más rápido. La naturalización del peticionario convierte un caso conyugal F2A en estatus de pariente inmediato.
Quién Califica
Hijos o hijas solteros de 21 años o más de residentes permanentes legales.
Peticionario
Residente permanente legal
Cupo Anual
Aprox. 26,300 visas por año (23% de la asignación F2)
Si el padre residente permanente se naturaliza, el caso típicamente se convierte a F1. El matrimonio del beneficiario en cualquier categoría generalmente causa la pérdida total de elegibilidad.
Quién Califica
Hijos o hijas casados de cualquier edad de ciudadanos estadounidenses.
Peticionario
Padre/Madre ciudadano/a estadounidense
Cupo Anual
23,400 visas por año
Largas acumulaciones en muchos países. Los cónyuges e hijos menores del beneficiario principal califican como derivados.
Quién Califica
Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses de 21 años o más.
Peticionario
Hermano/a ciudadano/a estadounidense (debe tener 21+)
Cupo Anual
65,000 visas por año
La acumulación más larga de cualquier categoría familiar — a menudo 15+ años desde muchos países. La CSPA puede proteger a los hijos derivados de envejecer.
El Departamento de Estado publica un Boletín de Visas cada mes. Dos cuadros importan:
Cuándo USCIS o el consulado puede aprobar una tarjeta verde o visa de inmigrante. Compare esta fecha con su fecha de prioridad.
Cuándo los solicitantes pueden presentar documentación incluso antes de que haya una visa disponible. USCIS anuncia cada mes qué cuadro aplica para el ajuste de estatus.
Importante: Las políticas de ajuste de estatus de USCIS pueden cambiar y afectar cuándo y cómo se puede presentar el I-485. En 2026, USCIS actualizó su política al respecto — lea nuestro artículo Cambio de política de USCIS: ajuste de estatus 2026 para conocer los detalles más recientes.
Las largas esperas crean trampas. Dos problemas comunes:
Hijos que Cumplen 21 Años
Los hijos derivados de beneficiarios de preferencia familiar pierden su estatus cuando cumplen 21 años — a menos que estén protegidos por la Ley de Protección del Estatus del Hijo (CSPA), que resta el tiempo de procesamiento de USCIS de la edad del hijo.
Matrimonio del Beneficiario
Los casos F1 se convierten en F3 (aún posible). Los casos F2A y F2B de peticionarios residentes permanentes — hijos solteros — terminan completamente al contraer matrimonio. Planifique alrededor de estas reglas de conversión.
F2A — cónyuges e hijos menores de residentes permanentes legales — es actualmente la que avanza más rápido y a veces está 'actual' (sin lista de espera). F4 (hermanos) es típicamente la más lenta con esperas de décadas para algunos países.
La ley de EE.UU. limita la participación de visas de preferencia familiar que puede ir a nativos de cualquier país en aproximadamente el 7% por año. Debido a que la demanda de México, Filipinas, India y China supera con creces esos límites, los solicitantes de esos países enfrentan esperas significativamente más largas.
Sí. Presentar el I-130 establece la fecha de prioridad, que es lo que controla su lugar en la fila. Muchas familias presentan lo antes posible y luego esperan a que la visa esté disponible años después.
A menudo sí. Cuando un peticionario residente permanente se naturaliza, un caso conyugal F2A se convierte en estatus de pariente inmediato (sin espera), y un caso F2B se convierte en F1. F3 y F4 requieren peticionarios ciudadanos estadounidenses y no pueden acelerarse mediante naturalización.
La muerte del peticionario generalmente termina la petición, pero puede estar disponible la reinstalación humanitaria bajo 8 CFR 205.1(a)(3)(i)(C). Debe haber disponible un patrocinador sustituto para el I-864. Hable con un abogado inmediatamente si esto ocurre.
Los cónyuges de ciudadanos estadounidenses son parientes inmediatos — sin espera de categoría de preferencia.
Los padres de ciudadanos estadounidenses adultos califican como parientes inmediatos.
Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses — la espera de preferencia familiar más larga.
Las categorías y los tiempos de espera cambian. Obtenga orientación clara y actual para la situación de su familia. Consulta $100 / 30 minutos.